¿Qué es el principio de no devolución?
El principio de no devolución es una norma fundamental del derecho de los refugiados, del derecho de los derechos humanos y de la protección internacional. Prohíbe a un Estado trasladar a una persona a un país donde correría un riesgo real de persecución, tortura, tratos inhumanos o degradantes u otro daño grave. La norma puede aplicarse a la expulsión, la devolución, la extradición, la denegación de entrada en frontera, el traslado entre Estados y otras medidas que tengan el efecto práctico de enviar a una persona a un lugar inseguro.
En el derecho de los refugiados, el principio se asocia a la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados. El artículo 33(1) establece que «ningún Estado Contratante podrá, por expulsión o devolución, poner en modo alguno a un refugiado en las fronteras de los territorios donde su vida o su libertad peligren» por los motivos previstos en la Convención. Esta formulación sigue siendo una de las expresiones más importantes de la norma.
El principio no se limita a las personas formalmente reconocidas como refugiadas. En la práctica, las autoridades deben evaluar a menudo si una persona puede estar expuesta a un daño grave antes de ejecutar una decisión definitiva sobre el estatuto de refugiado, la protección subsidiaria, la expulsión o la extradición. Conforme a los estándares europeos de derechos humanos, en particular la jurisprudencia relativa al artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, la expulsión está prohibida cuando existen motivos fundados para creer que la persona correría un riesgo real de tortura o de tratos inhumanos o degradantes.
¿Qué abarca el principio de no devolución?
El principio de no devolución puede ser relevante en asuntos de inmigración, asilo, materia penal y extradición. Puede plantearse cuando a un extranjero se le deniega la entrada, es detenido tras una interceptación en frontera, queda sometido a un procedimiento de expulsión, recibe una orden de expulsión, o es reclamado por otro Estado mediante una solicitud de extradición o una orden europea de detención. La evaluación no se centra únicamente en el país de destino formal, sino también en el riesgo de un traslado posterior a otro país inseguro.
El principio exige una evaluación individual y basada en pruebas. Entre los factores relevantes pueden figurar la actividad política de la persona, su religión, nacionalidad, etnia, orientación sexual, pertenencia a un determinado grupo social, cargos penales en el extranjero, detenciones previas, amenazas de agentes estatales o no estatales, su estado de salud y la situación general del país de destino. La información sobre el país de origen, las resoluciones judiciales, los informes médicos, las declaraciones de testigos y los documentos de organizaciones internacionales pueden constituir pruebas importantes.
Existen diferencias entre los distintos regímenes jurídicos. En virtud de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, pueden aplicarse ciertas excepciones cuando se considera que una persona representa un peligro para la seguridad del Estado de acogida o ha sido condenada por un delito particularmente grave y constituye una amenaza para la comunidad. En cambio, en el derecho europeo de los derechos humanos, la prohibición de expulsar a una persona hacia un riesgo real de tortura o de tratos inhumanos o degradantes conforme al artículo 3 del CEDH se considera absoluta. Esta distinción resulta clave en los casos que implican alegaciones de seguridad nacional, procedimientos penales o solicitudes de extradición.
¿Cuándo debe solicitarse asistencia jurídica?
Conviene plantearse solicitar apoyo legal siempre que una persona pueda ser expulsada, devuelta, extraditada o trasladada a un país donde su seguridad corra peligro. Esto incluye a los solicitantes de asilo, a las personas en situación irregular, a quienes se encuentran internados en un centro de detención, a quienes están sujetos a un procedimiento de expulsión y a las personas detenidas en relación con una solicitud de extradición. El principio también puede ser relevante para familiares, empleadores u organizaciones que asistan a un extranjero en Polonia o en otro Estado miembro de la UE.
Para los particulares, la asistencia jurídica puede ayudar a preparar una solicitud de asilo, impugnar una orden de expulsión, solicitar medidas de protección provisional, presentar pruebas del riesgo existente o explicar por qué un traslado vulneraría las obligaciones internacionales. Para empresarios e instituciones, esta cuestión puede surgir cuando un empleado, contratista o familiar se ve afectado por un procedimiento de inmigración o penal, siendo necesaria una coordinación urgente entre los aspectos migratorios, la defensa penal y los argumentos de derechos humanos.
Una consulta rápida con un abogado puede ayudar a identificar los plazos procesales, preservar pruebas y evitar pasos que después resulten difíciles de revertir. En los asuntos de no devolución, el factor tiempo suele ser crítico, ya que la expulsión o la extradición pueden programarse antes de que el riesgo haya sido examinado en su totalidad. Actuar a tiempo desde el punto de vista jurídico puede reducir el riesgo de errores procesales, traslados ilegales, detención, separación familiar, pérdidas económicas y exposición a un daño grave.
¿Cómo puede ayudar un despacho de abogados en asuntos de no devolución?
El apoyo en asuntos relacionados con el principio de no devolución incluye tanto el análisis jurídico como la representación práctica ante las autoridades administrativas y los tribunales. La tarea clave consiste en demostrar, sobre la base de pruebas fiables, que la expulsión, devolución, extradición o traslado previstos expondrían a la persona a un riesgo prohibido por el derecho internacional, europeo o nacional.
El apoyo de un despacho de abogados en materia de no devolución puede incluir, en particular:
- la evaluación de si el principio de no devolución resulta aplicable a un caso concreto;
- la preparación o ampliación de una solicitud de asilo o de protección internacional;
- la representación en procedimientos de expulsión, devolución e internamiento;
- la impugnación de una orden de expulsión o de una decisión que deniegue la protección;
- la preparación de argumentos jurídicos en casos de extradición o de orden europea de detención;
- la recopilación y evaluación de pruebas, incluida la información sobre el país de origen y la documentación médica;
- la solicitud de medidas cautelares o de suspensión urgente de la expulsión cuando sea posible;
- la coordinación de los aspectos migratorios, penales y de derechos humanos del caso.
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Véase también
- Solicitud de asilo
- Procedimiento de expulsión
- Estatuto de refugiado
- Procedimiento de devolución